B5.-Regulaciones y
principios
Sumario general
Sumario
II.-Normas
de conducta en la Central de actividades
III.-Responsabilidades
de las dos partes contratantes
IV.-Sobre
el uso correcto de los contenidos de estudio
B5.2.-Normativa sobre protección
de datos personales (*)
Sumario
IV.-Responsable
del tratamiento y encargado del tratamiento
V.-Transferencias
de datos personales a terceros países u organizaciones internacionales
B5.3.-Ideas y principios básicos
(glosario en desarrollo)
Preguntas frecuentes (FAQ)
&&&
I.-Inscripción
y suscripción
Sobre la inscripción o registro en Docuplay. Sobre la suscripción
a sus cursos o COCs
Artículo 1.1.-La inscripción o registro en Docuplay permite al estudiante
navegar, en primer lugar, por la Guía rápida para conocer todos los recursos y
servicios que le ofrece Docuplay en cualquiera de sus cursos y, en segundo
lugar, por las listas de cursos DDC y TOP para elegir un curso al que
suscribirse.
Artículo 1.2.-Una vez decidida la suscripción a un curso, pulsará en el enlace
Suscripción de su menú y aparecerá el formulario que ha de rellenar, al tiempo
que aparecen las tablas de normas de obligado cumplimiento tanto para Docuplay
como para el estudiante, quien, tras leerlas, dará su consentimiento por el
hecho de concluir la cumplimentación del formulario de suscripción.
1.2.1.-El estudiante no utilizaré datos falsos o ficticios en su formulario de
inscripción o registro en Docuplay ni en los de sus suscripciones a cursos.
1.2.2.-El estudiante no intentará falsificar o alterar los datos de docujuegos,
rankings, colaboraciones, comentarios, citas textuales etc.
Artículo 1.3.-Pagar la tarifa exigida por Docuplay por sus servicios, ya opte
por una suscripción en régimen de tarifa plana o de pago por cada suscripción.
1.3.1.- Si opta por el régimen de tarifa plana, usted pagará mensualmente una
módica cuota (pendiente de determinar y anunciar) que le dará derecho a tener
suscritos simultáneamente hasta un máximo de seis cursos. Alcanzado ese tope
máximo de cursos suscritos al mismo tiempo, usted solo podrá suscribirse a un
nuevo curso cuando dé por concluido alguno de los otros solicitando sus
correspondientes Registros de Actividades tanto con sus contenidos como con los
servicios.
a) Docuplay dará por terminado un curso suscrito en el momento en que el
estudiante solicite su registro de actividades en el mismo.
b) El pago de la cuota mensual se efectuará automáticamente dentro de los cinco
días hábiles a partir de la fecha de la primera suscripción en régimen de
tarifa plana y por un sistema de micropagos tipo PayPal o por cuenta bancaria.
c) El impago de dos mensualidades seguidas bloqueará todas las suscripciones
hasta que se efectúe el pago.
1.3.2.-Si opta por el régimen de pago por suscripción, usted pagará una cuota
por cada curso que suscriba en el momento de la suscripción.
a) Docuplay considerará como completado un curso suscrito cuando usted solicite
los correspondientes Registros de Actividades.
b) Terminado un curso tras la solicitud y la edición de sus Registros de
Actividades, usted podrá volver a suscribirse de nuevo al mismo cuantas veces
quiera con fines de actualización y/o profundización, una vez transcurridos
dieciocho meses desde la fecha de solicitud de sus últimos registros de
actividades.
Artículo 1.4.- Para la solicitud de los Registros de Actividad de un curso, lo
que significará la finalización del mismo, se hace clic en los enlaces
correspondientes en el sector 8 de la Central de estudio de cada curso.
II.-Normas de conducta en la Central de actividades
Artículo 2.1.-Ser leal y equitativo en las relaciones con sus
condiscípulos o compañeros de curso o COC, colaborando dentro de sus
posibilidades, reconociendo y correspondiendo a la ayuda recibida, dando cuenta
a la dirección de Docuplay de cualquier irregularidad cometida en perjuicio de
la comunidad de docuplayanos etc.
Artículo 2.2.-En los comentarios y participaciones, los docuplayanos no
transgredirán los justos límites de la libertad de expresión y de debate ni
incurrirán en ataques u ofensas personales.
Artículo 2.3.-El lenguaje empleado en los contenidos generados por los
docuplayanos deberá ser correcto gramatical y sintácticamente. Las faltas
graves y reiteradas en ambos sentidos deberán ser objeto de votos negativos de
los demás alumnos, lo cual será reflejado en los respectivos registros de
actividades.
Artículo 2.4.-Los comentarios publicados por los docuplayanos deberán estar
libres de infracciones morales y legales, como, por ejemplo, expresiones u
opiniones que constituyan insultos, amenazas, difamaciones, calumnias,
ilegalidades, intolerancia arbitraria respecto a valores and características
morales, religiosos, políticos, culturales, étnicos etc.
Artículo 2.5.-Docuplay podrá eliminar o suprimir los contenidos de docuplayanos
que incumplan cualquiera de las normas anteriores.
III.-Responsabilidades de las dos partes contratantes
Artículo 3.1.- El uso del sitio Docuplay implica que está de
acuerdo con las condiciones de este código, así como, en general, con cualquier
otra regla establecida en los textos de este sitio o plataforma.
Artículo 3.2.-Si usted no estuviese de acuerdo con alguna de estas condiciones,
deberá abstenerse de suscribirse.
Artículo 3.3.-Docuplay retirará el derecho a suscribirse a quien incumpla
alguna de sus normas reglamentarias.
IV.-Sobre el uso correcto de los contenidos de estudio
Artículo 4.1.- Los alumnos de cualquier curso de Docuplay
respetarán los derechos de propiedad intelectual de los ficheros aportados por
los buscadores, ya sean estos de descarga o de enlace.
Artículo 4.2.- Si un docuplayano aparece como responsable de cualquier daño
causado a los contenidos, servicios o imagen de Docuplay, mediante, por
ejemplo, malware, plagio de sus contenidos y servicios, infracción de
confidencialidad, etc., será bloqueado antes de proceder a demandarlo
legalmente.
Artículo 4.3.- No está permitido.
-copiar o replicar los contenidos y servicios para su uso fuera del sitio
www.docuplay.com;
-utilizar el nombre, el logotipo, el documento en operaciones y comunicaciones
fuera de Docuplay;
- cargar la marca, la imagen, el sitio o cualquiera de los cursos de Docuplay
para promover contenidos o servicios de terceros de manera fraudulenta.
-manipular o falsificar los contenidos de un COC modificándolos o insertando en
ellos elementos no autorizados, especialmente contenido obsceno, provocativo,
ofensivo ..., o contenidos infectados con virus que puedan interferir o impedir
los servicios de Docuplay.
Artículo 4.4.- Los Docuplayanos no participarán en las competiciones y ligas de
Docuplay si no reúnen los requisitos preestablecidos o no hayan sido
seleccionados; no adulterarán ni dificultarán las competiciones y ligas de
Docuplay que revelen información confidencial, que intervengan a favor o en
contra de los participantes, etc.
Artículo 4.5.- Docuplay se compromete a hacer todos los arreglos y
presentaciones posibles para que las empresas e instituciones potencialmente
interesadas en sus servicios puedan conocer los Registros de Actividades de
cada estudiante. También se compromete a notificarle cualquier otro beneficio o
recompensa que haya merecido con sus resultados o desempeño en el curso, como
la participación en doculigas etc.
B5.2.-Normativa
sobre protección de datos personales (*)
(*)UNIÓN EUROPEA: General Data Protection Regulation, 2018
I.-Disposiciones generales
Artículo 4 Definiciones -4) «elaboración de perfiles»-
Elaboración de su perfil intelectual para personalizar y aprovechar lo mejor
posible su estudio del curso
El tratamiento de datos personales por Docuplay tiene por objeto la elaboración
de perfiles con algunos de los fines señalados en la definición del Reglamento,
y otros que no figuran en ella, como su conocimiento de la materia de un curso,
su pericia en el uso de los recursos que le ofrece Docuplay, sus aptitudes
colaborativas, personalizar los servicios de Docuplay, rentabilizar su estudio
ante terceros (empresas privadas y públicas) etc.
Artículo 4 Definiciones -5) «seudonimización»-
Utilización de un seudónimo para proteger su identidad personal ante terceros
Docuplay garantiza la seudonimización de datos personales con los siguientes
objetivos: garantizar la no identificabilidad de alumnos o exalumnos en páginas
reproducidas en los Registros de Cursos en las que el titular del registro
intervenga junto con otros alumnos del curso; poder hacer compatible la
continuidad del tratamiento de datos personales con el derecho de los alumnos
de retirar su consentimiento para dicho tratamiento, compatibilizar el derecho
al anonimato con el aprovechamiento de sus colaboraciones en virtud del
carácter colaborativo de Docuplay etc.
Artículo 4 Definiciones -11) «consentimiento del interesado»-
Su consentimiento a este tratamiento se expresa en el hecho de su suscripción
Docuplay garantiza que, aportando la información necesaria, el consentimiento
del alumno respecto al tratamiento de sus datos personales se basará en un
conocimiento exhaustivo de los fines y consecuencias del tratamiento de sus
datos personales y que, por tanto, su acuerdo será inequívoco y fundado.
Artículo 4 Definiciones --14)«datos biométricos»-
Utilización de sus medidas biométricas para garantizar la fiabilidad de sus
datos
Docuplay utilizará “medidas biométricas” tales como huellas dactilares, voz,
iris ocular etc. para garantizar la fiabilidad de datos personales o, en otras
palabras, para asegurarse de que los datos del rendimiento del alumno , como
respuestas, tiempo dedicado, comentarios, aportaciones etc. , corresponden
efectivamente al titular del registro de actividades del curso.
Artículo 4 Definiciones -20) «normas corporativas vinculantes»-
Complementación de las normas del GDPR con las del código de Docuplay
Docuplay presenta a continuación de este GDPR su propio código de conducta, de
cumplimiento obligatorio para sus alumnos y empleados.
II.-Principios
Artículo 5 Principios relativos al tratamiento
Docuplay asume los principios del GDPR relativos al tratamiento de los datos
personales de sus estudiantes, y en especial los siguientes:
El tratamiento de los datos personales de sus alumnos por Docuplay cumplirá con
los principios del GDPR de esta manera:
a) facilitándoles toda la información sobre sus fines y haciendo que estos sean
beneficiosos para los alumnos;
b) limitando el tiempo de tratamiento, pero continuando su aprovechamiento
mediante los recursos de seudonimización y cifrado para no perjudicar por ello
los fines de investigación científica e histórica y el beneficio de ulteriores
promociones de estudiantes, de acuerdo con el espíritu colaborativo de
Docuplay;
c)reduciendo el número de los datos personales a los más imprescindibles;
d) cuidando que sean exactos y verídicos, procurando para ello que sean revisados
y actualizados periódicamente;
e) empleando medidas de seudonimización y cifrado para que sean posibles la
conservación y el aprovechamiento por tiempo indefinido de los datos de valor
didáctico, cultural o científico aportados por exalumnos , sin perjudicar con
ello los intereses personales o profesionales de estos.
f) velando por la confidencialidad de los datos personales, reforzando con ello
la seudonimización y cifrado de los mismos mediante el uso de dos
tablas-ficheros, uno para los nombres cifrados y otro para los reales.
Artículo 6 Licitud del tratamiento
Docuplay garantiza el cumplimiento de las condiciones indispensables, según el
GDPR; para la licitud de su tratamiento de los datos personales de sus alumnos.
En particular, las siguientes:
Docuplay garantiza el cumplimiento de las condiciones indispensables para la
licitud de su tratamiento de los datos personales de sus alumnos. En
particular, “a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus
datos personales para uno o varios fines específicos”; “b) el tratamiento es
necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte”
(…); “c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación
legal aplicable al responsable del tratamiento.”e) el tratamiento es necesario
para el cumplimiento de una misión realizada en interés público” (…); “f) el
tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos
perseguidos por el responsable (…) siempre que sobre dichos intereses no
prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del
interesado (…), en particular cuando el interesado sea un niño”.
Artículo 6 Licitud del tratamiento
En el caso de un fin sobrevenido, o sea, no previsto aquí, Docuplay respetará
lo dispuesto por el GDPR:
En el caso de un fin sobrevenido, Docuplay respetará lo dispuesto por el
Reglamento: “4. (…) el responsable del tratamiento, con objeto de determinar si
el tratamiento con otro fin es compatible con el fin para el cual se recogieron
inicialmente los datos personales, tendrá en cuenta, entre otras cosas: a)
cualquier relación entre los fines para los cuales se hayan recogido los datos
personales y los fines del tratamiento ulterior previsto;(…); “d) las posibles
consecuencias para los interesados del tratamiento ulterior previsto”; “e) la
existencia de garantías adecuadas, que podrán incluir el cifrado o la
seudonimización”.
Artículo 7 Condiciones para el consentimiento
Respecto a la constancia del consentimiento del alumno en el tratamiento de sus
datos personales, Docuplay tendrá en cuenta estos criterios del GDPR:
Respecto a la constancia del consentimiento del alumno en el tratamiento de sus
datos personales, Docuplay tendrá en cuenta estos criterios del Reglamento:
“1.Cuando el tratamiento se base en el consentimiento del interesado, el
responsable deberá ser capaz de demostrar que aquel consintió el tratamiento de
sus datos personales”. “2. …, la solicitud de consentimiento se presentará de
tal forma que se distinga claramente de los demás asuntos, de forma inteligible
y de fácil acceso y utilizando un lenguaje claro y sencillo”. (…) “3.El
interesado tendrá derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. La
retirada del consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basada en
el consentimiento previo a su retirada. Antes de dar su consentimiento, el
interesado será informado de ello. Será tan fácil retirar el consentimiento
como darlo.” “4.Al evaluar si el consentimiento se ha dado libremente, se
tendrá en cuenta en la mayor medida posible el hecho de si, entre otras cosas,
la ejecución de un contrato, incluida la prestación de un servicio, se supedita
al consentimiento al tratamiento de datos personales que no son necesarios para
la ejecución de dicho contrato”.
Artículo 8 Condiciones aplicables al consentimiento del niño en relación con
los servicios de la sociedad de la información
Respecto al consentimiento del niño o menor de edad (hasta los 16 años),
Docuplay asume los criterios del GDPR:
Respecto al consentimiento del niño o menor de edad (hasta los 16 años),
Docuplay asume los criterios del Reglamento:
“1. …, el tratamiento de los datos personales de un niño se considerará lícito
cuando tenga como mínimo 16 años. Si el niño es menor de 16 años, tal
tratamiento únicamente se considerará lícito si el consentimiento lo dio o
autorizó el titular de la patria potestad o tutela sobre el niño, y solo en la
medida en que se dio o autorizó.”
“2. El responsable del tratamiento hará esfuerzos razonables para verificar en
tales casos que el consentimiento fue dado o autorizado por el titular de la
patria potestad o tutela sobre el niño, teniendo en cuenta la tecnología
disponible”.
Artículo 9 Tratamiento de categorías especiales de datos personales
Respecto al tratamiento “de categorías especiales de datos personales”,
Docuplay pide el consentimiento para el tratamiento de los mismos “cuando
concurra una de las circunstancias siguientes”, y muy especialmente la del
apartado j) del GDPR:
“Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen
étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o
filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos,
datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona
física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual”),
Docuplay pide el consentimiento para el tratamiento de los mismos
“cuando concurra una de las circunstancias siguientes:
“a) el interesado dio su consentimiento explícito para el tratamiento de dichos
datos personales con uno o más de los fines especificados” (…); “b) el
tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de
derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado” (…); “c)
el tratamiento es necesario para proteger intereses vitales del interesado”
(…); “e) el tratamiento se refiere a datos personales que el interesado ha
hecho manifiestamente públicos”; “g) el tratamiento es necesario por razones de
un interés público esencial” (…); “h) el tratamiento es necesario para fines de
medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del
trabajador” (…); “j) el tratamiento es necesario con fines de archivo en
interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos,
de conformidad con el artículo 89, apartado 1” (…), fines que complementan los
educativos de Docuplay.
III.-Derechos
del interesado
Sección 1
Transparencia y modalidades
Artículo 12 Transparencia de la información, comunicación y modalidades de
ejercicio de los derechos del interesado
Respecto a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento , Docuplay cumplirá
con lo dispuesto en los apartados 1 al 4, pero advirtiendo al alumnado que “5.
(…). GDPR
Respecto a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento , Docuplay cumplirá
con lo dispuesto en los apartados 1 al 4, pero advirtiendo al alumnado que
“5. (…). Cuando las solicitudes sean manifiestamente infundadas o excesivas,
especialmente debido a su carácter repetitivo, el responsable del tratamiento
podrá:
a) cobrar un canon razonable en función de los costes administrativos
afrontados para facilitar la información o la comunicación o realizar la
actuación solicitada, o
b) negarse a actuar respecto de la solicitud. El responsable del tratamiento
soportará la carga de demostrar el carácter manifiestamente infundado o
excesivo de la solicitud”.
Sección 2
Información y acceso a los datos personales
Artículo 13 Información que deberá facilitarse cuando los datos personales se
obtengan del interesado
En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento en su artículo 13, estas son
las informaciones declaradas por Docuplay:
GDPR
En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento en su artículo 13, estas son
las informaciones declaradas por Docuplay:
Respecto al párrafo 1:
a+b) Responsable: Jesús González Bedoya, docuplay@docuplay.com ;
c) fines del tratamiento: enunciados en la Misión y el Lema de Docuplay, en la
portada; base jurídica: el contrato entre Docuplay y el alumno, implícito en el
hecho de su suscripción;
e) destinatarios inmediatos: los propios interesados suscritos a cursos de
Docuplay; destinatarios próximos: los empleadores potenciales de los
destinatarios inmediatos; destinatarios remotos: las sociedades a las que
pertenecen los destinatarios inmediatos; f) Docuplay pretende transferir los
datos personales, en una primera fase, a todos los países que compartan el
mismo idioma y, posteriormente, a todo el mundo, en aplicación de su principio
estratégico, el colaborativismo y dado el perfeccionamiento rápido de la
traducción automática de cualquier texto a cualquier idioma.
Respecto al párrafo 2, para que su tratamiento de datos sea “leal y
transparente”, el responsable de Docuplay garantiza:
a) que desde el inicio los datos personales identificativos del alumno serán
ocultados mediante la seudonimización y el cifrado y conservados en ficheros
diferentes, lo que permitirá su conservación indefinida sin perjuicio de los
intereses personales;
“b) la existencia del derecho a solicitar al responsable del tratamiento el
acceso a los datos personales relativos al interesado, y su rectificación o
supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así
como el derecho a la portabilidad de los datos”;
“c) …, la existencia del derecho a retirar el consentimiento en cualquier
momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el
consentimiento previo a su retirada”;
“d) el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control”;
“e) si la comunicación de datos personales es un requisito legal o contractual,
o un requisito necesario para suscribir un contrato, y si el interesado está
obligado a facilitar los datos personales y está informado de las posibles
consecuencias de que no facilitar tales datos”;
“f) la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de
perfiles, a que se refiere el artículo 22, apartados 1 y 4, y, al menos en
tales casos, información significativa sobre la lógica aplicada, así como la
importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el
interesado”
“3.Cuando el responsable del tratamiento proyecte el tratamiento ulterior de
datos personales para un fin que no sea aquel para el que se recogieron,
proporcionará al interesado, con anterioridad a dicho tratamiento ulterior,
información sobre ese otro fin y cualquier información adicional pertinente a
tenor del apartado 2”
Artículo 14 Información que deberá facilitarse cuando los datos personales no
se hayan obtenido del interesado
En este supuesto del GDPR , Docuplay considera que sirven los mismos datos
aportados en el artículo 13.
En este supuesto del GDPR , Docuplay considera que sirven los mismos datos
aportados en el artículo 13.
Artículo 15 Derecho de acceso del interesado
Respecto al artículo 15, Docuplay declara lo siguiente sobre cada apartado de
GDPR:
Respecto al artículo 15, Docuplay declara sobre cada apartado:
“1.El interesado tendrá derecho a obtener del responsable del tratamiento
confirmación de si se están tratando o no datos personales que le conciernen y,
en tal caso, derecho de acceso a los datos personales y a la siguiente
información”: El tratamiento de los datos personales empieza desde el momento
mismo de la suscripción a un curso; el alumno puede acceder a sus datos personales
en el formulario que ha rellenado al suscribirse, subservicio 1.2. y Docuplay
pone a su disposición los dos ficheros de datos seudonimizados y de datos
cifrados.
“a) los fines del tratamiento;”: ver artículo 13, 1.c)
“b) las categorías de datos personales de que se trate;”: v. art. 13, 1.e)
“c) los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se
comunicaron o serán comunicados los datos personales (…);”: v. art. 13, 1. e)
“d) de ser posible, el plazo previsto de conservación de los datos personales
o, de no ser posible, los criterios utilizados para determinar este plazo;”: v.
art. 13, 2. a)
“e) la existencia del derecho a solicitar del responsable la rectificación o
supresión de datos personales o la limitación del tratamiento de datos personales
relativos al interesado, o a oponerse a dicho tratamiento;”: v. art. 13, 2. b)
“f) el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control;” v.
art. 13, 2. d)
“g) cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado, cualquier información
disponible sobre su origen;”:
“h) la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de
perfiles, a que se refiere el artículo 22, apartados 1 y 4, y, al menos en
tales casos, información significativa sobre la lógica aplicada, así como la
importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el
interesado.” v. art. 13, 2. f)
“2.Cuando se transfieran datos personales a un tercer país o a una organización
internacional, el interesado tendrá derecho a ser informado de las garantías
adecuadas en virtud del artículo 46 relativas a la transferencia.”: ver art.
13, 1.f) y art. 46
3.El responsable del tratamiento facilitará una copia de los datos personales
objeto de tratamiento. El responsable podrá percibir por cualquier otra copia
solicitada por el interesado un canon razonable basado en los costes
administrativos. Cuando el interesado presente la solicitud por medios
electrónicos, y a menos que este solicite que se facilite de otro modo, la
información se facilitará en un formato electrónico de uso común.”: Como ya se
ha dicho, el alumno dispone de sus datos personales en el formulario que
rellena al suscribirse a cada curso (en el 1.Servicio educativo, subservicio
1.2.) ; además, Docuplay pone a su disposición dos ficheros de datos, el de los
seudonimizados y el de los cifrados.
Sección 3
Rectificación y supresión
Artículo 16 Derecho de rectificación
Derecho asumido por Docuplay en los mismos términos del GDPR
Derecho asumido por Docuplay en los mismos términos del GDPR.
Artículo 18 Derecho a la limitación del tratamiento
Docuplay asume lo dispuesto en el artículo 18 del GDPR, especialmente cuando se
produzca la primera de las condiciones citadas:
Docuplay asume lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento, especialmente cuando
se produzca la primera de las condiciones citadas: “1.El interesado tendrá
derecho a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento
de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes: a) el
interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que
permita al responsable verificar la exactitud de los mismos”;
Dada tal circunstancia, Docuplay se compromete también a que: “3.Todo
interesado que haya obtenido la limitación del tratamiento con arreglo al
apartado 1 será informado por el responsable antes del levantamiento de dicha
limitación”.
Artículo 20 Derecho a la portabilidad de los datos
El responsable del tratamiento de datos personales en Docuplay atenderá el
derecho a la portabilidad de sus alumnos en las condiciones indicadas en los
párrafos 1 y 2.del GDPR:
El responsable del tratamiento de datos personales en Docuplay atenderá el
derecho a la portabilidad de sus alumnos en las condiciones indicadas en los
párrafos 1 y 2.:
“1.El interesado tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban,
que haya facilitado a un responsable del tratamiento, en un formato
estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro
responsable del tratamiento sin que lo impida el responsable al que se los
hubiera facilitado” (…)
“2.Al ejercer su derecho a la portabilidad de los datos de acuerdo con el
apartado 1, el interesado tendrá derecho a que los datos personales se
transmitan directamente de responsable a responsable cuando sea técnicamente
posible”.
Sección 4
Derecho de oposición y decisiones individuales automatizadas
Artículo 21 Derecho de oposición
Docuplay considera que sus alumnos no podrán oponerse al tratamiento de sus
datos personales aduciendo los párrafos 2 y 3 del artículo 21 del Reglamento
GDPR, dado que nunca empleará la “mercadotecnia directa”:
Docuplay considera que sus alumnos no podrán oponerse al tratamiento de sus
datos personales aduciendo los párrafos 2 y 3 del artículo 21 del Reglamento,
dado que nunca empleará la “mercadotecnia directa”:
“2.Cuando el tratamiento de datos personales tenga por objeto la mercadotecnia
directa, el interesado tendrá derecho a oponerse en todo momento al tratamiento
de los datos personales que le conciernan, incluida la elaboración de perfiles
en la medida en que esté relacionada con la citada mercadotecnia”. “3. Cuando
el interesado se oponga al tratamiento con fines de mercadotecnia directa, los
datos personales dejarán de ser tratados para dichos fines”. De acuerdo con el
párrafo 6 de este artículo, el tratamiento de los datos personales tendrán
siempre por objetivo “el cumplimiento de una misión realizada por razones de
interés público”, misión declarada en la portada de Docuplay.
Artículo 22 Decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de
perfiles
Respecto a este artículo del Reglamento, Docuplay declara que se considera
legitimado por los párrafos 2 y 4 del GDPR para efectuar “decisiones
individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles”
Respecto a este artículo del Reglamento, Docuplay declara que se considera
legitimado para efectuar “decisiones individuales automatizadas, incluida la
elaboración de perfiles” por los párrafos 2 y 4 del GDPR.
“2. a) y c) 2.El apartado 1 no se aplicará si la decisión: a) es necesaria para
la celebración o la ejecución de un contrato entre el interesado y un
responsable del tratamiento; (…)c) se basa en el consentimiento explícito del
interesado.”
“4. Las decisiones a que se refiere el apartado 2 no se basarán en las
categorías especiales de datos personales contempladas en el artículo 9,
apartado 1, salvo que se aplique el artículo 9, apartado 2, letra a) o g), y se
hayan tomado medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y
los intereses legítimos del interesado”. Respecto a las “medidas adecuadas” a
que se refiere este párrafo, Docuplay cuenta con las de seudonimización y
cifrado de los datos personales desde que el alumno se suscribe a un curso y el
empleo de ficheros diferentes en ambos casos.
IV.-Responsable del tratamiento y encargado del
tratamiento
Sección 1
Obligaciones Generales
Artículo 24 Responsabilidad del responsable del tratamiento
Docuplay actúa de acuerdo con el párrafo 1 de este artículo del GDPR al aplicar
desde el inicio de la suscripción a un curso “medidas técnicas y
organizativas”:
Docuplay actúa de acuerdo con el párrafo 1 de este artículo al aplicar desde el
inicio de la suscripción a un curso “medidas técnicas y organizativas”:
“1.Teniendo en cuenta la naturaleza, el ámbito, el contexto y los fines del
tratamiento así como los riesgos de diversa probabilidad y gravedad para los
derechos y libertades de las personas físicas, el responsable del tratamiento
aplicará medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y
poder demostrar que el tratamiento es conforme con el presente Reglamento.
Dichas medidas se revisarán y actualizarán cuando sea necesario.” Entre tales
medidas están las ya citadas seudonimización y cifrado de los datos personales
desde que el alumno se suscribe a un curso y el empleo de ficheros diferentes
en ambos casos.
Artículo 25 Protección de datos desde el diseño y por defecto
Docuplay desarrollará y perfeccionará sus “medidas técnicas y organizativas”,
como las ya operativas seudonimización, encriptación y duplicación de ficheros,
para el objetivo de este artículo 25 del GDPR (“protección de datos desde el
diseño y por defecto”):
Docuplay desarrollará y perfeccionará sus medidas técnicas y organizativas,
como las ya operativas seudonimización, encriptación y duplicación de ficheros,
para el objetivo de este artículo 25 (“protección de datos desde el diseño y
por defecto”):
“1. …, el responsable del tratamiento aplicará, tanto en el momento de
determinar los medios de tratamiento como en el momento del propio tratamiento,
medidas técnicas y organizativas apropiadas, como la seudonimización,
concebidas para aplicar de forma efectiva los principios de protección de
datos, como la minimización de datos, e integrar las garantías necesarias en el
tratamiento, a fin de cumplir los requisitos del presente Reglamento y proteger
los derechos de los interesados.”
“2.El responsable del tratamiento aplicará las medidas técnicas y organizativas
apropiadas con miras a garantizar que, por defecto, solo sean objeto de
tratamiento los datos personales que sean necesarios para cada uno de los fines
específicos del tratamiento. Esta obligación se aplicará a la cantidad de datos
personales recogidos, a la extensión de su tratamiento, a su plazo de
conservación y a su accesibilidad. Tales medidas garantizarán en particular
que, por defecto, los datos personales no sean accesibles, sin la intervención
de la persona, a un número indeterminado de personas físicas”.
Artículo 26 Corresponsables del tratamiento
Docuplay notificará a sus alumnos el nombramiento, cuando se produzca, de
“corresponsables del tratamiento” (art. 26 del GDPR), junto con los datos
necesarios para que puedan contactar con ellos.
Docuplay notificará a sus alumnos el nombramiento, cuando se produzca, de
“corresponsables del tratamiento” (art. 26 del GDPR), junto con los datos
necesarios para que puedan contactar con ellos.
Artículo 27 Representantes de responsables o encargados del tratamiento no
establecidos en la Unión
Al igual que con el nombramiento de corresponsables, Docuplay notificará a sus
alumnos, de acuerdo con el GDPR, los nombramientos de representantes de los
responsables del tratamiento de datos personales (artículo 27) y de encargados
(art. 28).
Al igual que con el nombramiento de corresponsables, Docuplay notificará a sus
alumnos los nombramientos de representantes de los responsables del tratamiento
de datos personales (artículo 27) y de encargados (art. 28). Todos ellos “solo
podrán tratar dichos datos siguiendo instrucciones del responsable” (art. 29).
Exigencia repetida en el art. 32, párrafo 4. .”El responsable y el encargado
del tratamiento tomarán medidas para garantizar que cualquier persona que actúe
bajo la autoridad del responsable o del encargado y tenga acceso a datos
personales solo pueda tratar dichos datos siguiendo instrucciones del
responsable” (…)
Artículo 30 Registro de las actividades de tratamiento
En cuanto al “registro de las actividades de tratamiento” que exige este
artículo 30 del Reglamento, Docuplay lo efectuará cuando sobrepase los 250
empleados, según establece el párrafo 5 del GDPR:
En cuanto al “registro de las actividades de tratamiento” que exige este
artículo 30 del Reglamento, Docuplay lo efectuará cuando sobrepase los 250
empleados, según establece el párrafo 5 del GDPR: “Las obligaciones indicadas
en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a ninguna empresa ni organización que
emplee a menos de 250 personas” (…,)
Sección 2
Seguridad de los datos personales
Artículo 32 Seguridad del tratamiento
En este artículo 32 sobre la “seguridad del tratamiento” de datos personales se
vuelve a incidir sobre las “medidas técnicas y organizativas” que ya figuran en
anteriores artículos del GDPR
En este artículo 32 sobre la “seguridad del tratamiento” de datos personales se
vuelve a incidir sobre las “medidas técnicas y organizativas” que ya figuran en
anteriores artículos del En cuanto al “registro de las actividades de
tratamiento” que exige este artículo 30 del Reglamento, Docuplay lo efectuará
cuando sobrepase los 250 empleados, según establece el párrafo 5 del GDPR:.
“1. el responsable y el encargado del tratamiento aplicarán medidas técnicas y
organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al
riesgo, que en su caso incluya, entre otros: a) la seudonimización y el cifrado
de datos personales; b) la capacidad de garantizar la confidencialidad,
integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y
servicios de tratamiento; c) la capacidad de restaurar la disponibilidad y el
acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o
técnico; d) un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la
eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad
del tratamiento.”
Artículo 33 Notificación de una violación de la seguridad de los datos
personales a la autoridad de control
Docuplay cumplirá celosamente lo que exige este artículo 33 del GDPR en el
párrafo 3 y sus cuatro apartados y el párrafo 5.
Docuplay cumplirá celosamente lo que exige este artículo 33 del Reglamento en
el párrafo 3 y sus cuatro apartados y el párrafo 5 del GDPR.
“3.La notificación contemplada en el apartado 1 deberá, como mínimo: a)
describir la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos
personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número
aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de
registros de datos personales afectados; b) comunicar el nombre y los datos de
contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el
que pueda obtenerse más información; c) describir las posibles consecuencias de
la violación de la seguridad de los datos personales; d) describir las medidas
adoptadas o propuestas por el responsable del tratamiento para poner remedio a
la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede,
las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.”
“5.El responsable del tratamiento documentará cualquier violación de la
seguridad de los datos personales, incluidos los hechos relacionados con ella,
sus efectos y las medidas correctivas adoptadas. Dicha documentación permitirá
a la autoridad de control verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el
presente artículo.”
Artículo 34 Comunicación de una violación de la seguridad de los datos
personales al interesado
En cuanto a la notificación a los alumnos interesados de “una violación de la
seguridad de los datos personales” establecida en este artículo del GDPR.
Docuplay procurará que no sea necesaria por cumplir con las condiciones del
párrafo 3 :
En cuanto a la notificación a los alumnos interesados de “una violación de la
seguridad de los datos personales” establecida en este artículo del GDPR.
Docuplay procurará que no sea necesaria por cumplir con las condiciones del
párrafo 3 :
“3.La comunicación al interesado a que se refiere el apartado 1 no será
necesaria si se cumple alguna de las condiciones siguientes: a) el responsable
del tratamiento ha adoptado medidas de protección técnicas y organizativas
apropiadas y estas medidas se han aplicado a los datos personales afectados por
la violación de la seguridad de los datos personales, en particular aquellas
que hagan ininteligibles los datos personales para cualquier persona que no
esté autorizada a acceder a ellos, como el cifrado; b) el responsable del
tratamiento ha tomado medidas ulteriores que garanticen que ya no exista la
probabilidad de que se concretice el alto riesgo para los derechos y libertades
del interesado a que se refiere el apartado 1;” (…)
Sección 3
Evaluación del impacto relativa a la protección de datos y consulta previa
Artículo 35 Evaluación de impacto relativa a la protección de datos
Respecto a la “Evaluación de impacto relativa a la protección de datos”,
exigida por este artículo 35 del GDPR en el párrafo 7:
Respecto a la “Evaluación de impacto relativa a la protección de datos”,
exigida por este artículo 35 del GDPR en el párrafo 7:
“7.La evaluación deberá incluir como mínimo: a) una descripción sistemática de
las operaciones de tratamiento previstas y de los fines del tratamiento,
inclusive, cuando proceda, el interés legítimo perseguido por el responsable
del tratamiento; b) una evaluación de la necesidad y la proporcionalidad de las
operaciones de tratamiento con respecto a su finalidad; c) una evaluación de
los riesgos para los derechos y libertades de los interesados a que se refiere
el apartado 1, y d) las medidas previstas para afrontar los riesgos, incluidas
garantías, medidas de seguridad y mecanismos que garanticen la protección de
datos personales, y a demostrar la conformidad con el presente Reglamento,
teniendo en cuenta los derechos e intereses legítimos de los interesados y de
otras personas afectadas.”
Docuplay invita a sus alumnos a que consultan en los sectores 5. CLAVES Y
SUBCLAVES y 8. REGISTROS DE CURSOS las operaciones de tratamiento que realiza
(apartados a) y b) y sector 5 de la Central de Estudio) con la finalidad de
generar registros de las actividades de cada alumno, tales que reflejen
fielmente los conocimientos adquiridos y resulten así valiosos para ellos
mismos, para sus potenciales empleadores y ante la sociedad. En el sector 8 de
la Central de Estudio se tienen en cuenta los posibles riesgos de dichos
tratamientos (apartados c) y d)) “para los derechos y libertades de los
interesados” , riesgos que se previenen con medidas técnicas de
seudonimización, encriptación y duplicación de ficheros.
Sección 5
Códigos de conducta y certificación
Artículo 40 Códigos de conducta
Docuplay se adherirá a todos los códigos de conducta para el tratamiento de
datos personales que vayan surgiendo en los países miembros de la Unión
Europea, en cumplimiento de este artículo del GDPR. Docuplay tiene su propio
código de conducta que complementa este del GDPR.
Docuplay se adherirá a todos los códigos de conducta para el tratamiento de
datos personales que vayan surgiendo en los países miembros de la Unión
Europea, en cumplimiento de este artículo del GDPR. Docuplay tiene su propio
código de conducta que complementa este del GDPR.
V.-Transferencias de datos personales a terceros países u organizaciones
internacionales
Artículo 44 Principio general de las transferencias
Docuplay garantiza fundamentalmente lo dispuesto en este artículo del GDPR,
“Solo se realizarán transferencias de datos personales que sean objeto de
tratamiento o vayan a serlo tras su transferencia a un tercer país u
organización internacional si, a reserva de las demás disposiciones del
presente Reglamento, el responsable y el encargado del tratamiento cumplen las
condiciones establecidas en el presente capítulo” (…),
Artículo 89 Garantías y excepciones aplicables al tratamiento con fines de
archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o
fines estadísticos
Docuplay asegura su respeto por las “garantías y excepciones aplicables al
tratamiento” de datos personales de sus estudiantes, ya que sus “fines”
educativos han de contar con los señalados en este artículo del GDPR:
Docuplay asegura su respeto por las “garantías y excepciones aplicables al
tratamiento” de datos personales de sus estudiantes, ya que sus “fines”
educativos han de contar con los señalados en este artículo del GDPR:
“1.El tratamiento con fines de archivo en interés público, fines de
investigación científica o histórica o fines estadísticos estará sujeto a las
garantías adecuadas, con arreglo al presente Reglamento, para los derechos y
las libertades de los interesados. Dichas garantías harán que se disponga de
medidas técnicas y organizativas, en particular para garantizar el respeto del
principio de minimización de los datos personales. Tales medidas podrán incluir
la seudonimización, siempre que de esa forma puedan alcanzarse dichos fines.
Siempre que esos fines pueden alcanzarse mediante un tratamiento ulterior que
no permita o ya no permita la identificación de los interesados, esos fines se
alcanzarán de ese modo. 2.Cuando se traten datos personales con fines de
investigación científica o histórica o estadísticos el Derecho de la Unión o de
los Estados miembros podrá establecer excepciones a los derechos contemplados
en los artículos 15, 16, 18 y 21, sujetas a las condiciones y garantías
indicadas en el apartado 1 del presente artículo, siempre que sea probable que
esos derechos imposibiliten u obstaculicen gravemente el logro de los fines
científicos y cuanto esas excepciones sean necesarias para alcanzar esos fines
(…)”
B5.3.-Ideas y principios básicos (glosario en desarrollo)